El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) dispone de un subsidio destinado a personas desempleadas mayores de 45 años que han agotado la prestación contributiva por desempleo y no tienen responsabilidades familiares. Esta ayuda, que puede alcanzar los 3.000 euros, busca proporcionar un apoyo económico durante la búsqueda activa de empleo.
Cuantía y duración del subsidio
La ayuda consiste en un pago mensual de 480 euros, equivalente al 80 % del Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM). Inicialmente, se concede por un período de seis meses, sumando un total de 2.880 euros. No obstante, es posible prorrogarla en tramos de tres meses hasta un máximo de 30 meses, siempre que se sigan cumpliendo los requisitos establecidos.
Requisitos para acceder al subsidio
Para ser beneficiario de esta ayuda, es necesario cumplir con los siguientes criterios:
Haber agotado la prestación contributiva por desempleo.
Tener 45 años o más.
No contar con responsabilidades familiares.
No superar el 75 % del Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en ingresos mensuales, lo que equivale a 850 euros brutos.
Estar inscrito como demandante de empleo y mantener dicha inscripción durante todo el período de percepción del subsidio.
Suscribir el acuerdo de actividad del SEPE, comprometiéndose a participar en acciones de formación, búsqueda activa de empleo y aceptar ofertas laborales adecuadas.
No haber causado baja voluntaria en el último empleo sin una causa justificada.
Procedimiento para solicitar la ayuda
La solicitud debe presentarse en un plazo máximo de seis meses desde la finalización de la prestación contributiva por desempleo. Si se realiza dentro de los primeros 15 días hábiles, el subsidio se activa inmediatamente después de finalizar la prestación anterior. En caso de solicitarlo más tarde, aunque dentro del plazo de seis meses, la ayuda comenzará a percibirse desde la fecha de solicitud, sin posibilidad de recuperar los pagos correspondientes al período anterior.
La tramitación puede efectuarse a través de la sede electrónica del SEPE, presencialmente en las oficinas con cita previa, mediante registro oficial o por correo administrativo. Es imprescindible presentar la documentación que acredite el cumplimiento de los requisitos, como el DNI o NIE, número de cuenta bancaria, declaración de ingresos y, en su caso, el libro de familia.
Posibilidad de denegación y recursos
En caso de no cumplir con los requisitos en el momento de la solicitud o durante las prórrogas, el SEPE puede denegar la ayuda. Sin embargo, existe la posibilidad de presentar alegaciones o recursos si se considera que ha habido un error en la evaluación. Es recomendable revisar detalladamente los requisitos y plazos para evitar contratiempos en la tramitación del subsidio.